Fraccion47OC - Sistema de Televisión y Radio de Campeche

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Fracción XLVII

XLVII.- Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente.
Los sujetos obligados del poder judicial de los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal [o delegacional]) que tengan en sus atribuciones, la seguridad, procuración, impartición o administración de justicia, publicarán un listado de las solicitudes de intervención de comunicaciones privadas, una vez que haya concluido el trámite de la solicitud.
Por su parte, los sujetos obligados que tengan la capacidad de solicitar órdenes judiciales o que estén relacionados con materias de seguridad nacional, enlistarán las solicitudes de acceso al registro de comunicaciones que realizaron a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet, e incluirán un listado de las solicitudes de localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, las cuales deberán estar concluidas, es decir, que no formen parte de una investigación en curso.

NO APLICA
Este sujeto obligado conforme a sus objetivos y atribuciones establecidas en los artículos 2 y 12 del Acuerdo del Ejecutivo del Estado de que Modifica el de Creación del Sistema de Televisión y Radio de Campeche y otros ordenamientos jurídicos aplicables,  no genera esta información por no ser de su competencia. Le corresponde a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental dicha atribución con fundamento en el artículo 23 fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.
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