Fracción XV
XV. La información de los programas de subsidios,
estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de
transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los
que se deberá contener lo siguiente:
a. Programas sociales
desarrollados
b. Padrón de beneficiarios
Para
dar cumplimiento a esta fracción, el sujeto obligado deberá organizar y
publicar la información relativa a todos los programas que desarrolla o regula
y que impliquen subsidios, estímulos y apoyos en efectivo o en especie. Se
trata de los programas que de acuerdo con la correspondiente normatividad, los
sujetos obligados dirijan a la población para incidir en su bienestar y hacer
efectivos sus derechos.
NO APLICA
Este sujeto obligado conforme a sus objetivos y
atribuciones establecidas en los artículos 2 y 12 del Acuerdo del Ejecutivo del
Estado de que Modifica el de Creación del Sistema de Televisión y Radio de
Campeche, no genera esta información por
no ser de su competencia, dicha atribución le corresponde a la Secretaría de
Salud con fundamento en el artículo 28 y a la Secretaría de Desarrollo Social y
Humano, con fundamento en el artículo 29 fracción XI, XII, XVI y XVII de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.