Fracción IV
I-D. El Nombre, Denominación o Razón Social y Clave del Registro Federal de los Contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las Disposiciones Fiscales
La exención o condonación de créditos fiscales realizada por el Gobierno a través de su Autoridad Fiscalizadora, consiste en la exclusión total o parcial de la obligación de pago de los Sujetos Pasivos del Impuesto. Generalmente en los Códigos Fiscales correspondientes se determinan los tipos de condonaciones.
NO APLICA
